Publicado 12 de mayo 2020
Atento a la prórroga del aislamiento social, preventivo y obligatorio anunciada, el PEN, con el fin de
resguardar la tutela de los derechos y garantías de los interesados, dispuso por Decreto n° 458/2020 la suspensión de los plazos dentro de los procedimientos administrativos hasta el 24 de mayo próximo.
En tal sentido, Presidencia de la Nación ha decidido:
Art. 1°: Prorrógase la suspensión del curso de los plazos establecida por el Decreto N° 298/20 y sus complementarios, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N°19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017 y por otros procedimientos especiales, desde el 11 de mayo hasta el 24 de mayo de 2020 inclusive, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.
Art. 2°. Exceptúase de la suspensión establecida por el artículo 1° a todos los trámites administrativos relativos a la emergencia declarada por la Ley N° 27.541, ampliada por el Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias.
Art. 3°. Facúltase a las jurisdicciones, entidades y organismos contemplados en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional a disponer excepciones, en el ámbito de sus competencias, a la suspensión prevista en el artículo 1° del presente decreto.
Se acompaña el Decreto 458/2020.