Publicado 11 de mayo 2020
El Registro General de la Propiedad, por Disposición Técnico Registral Conjunta n° 7 del 11/05/20, y en el contexto del aislamiento social, preventivo y obligatorio oportunamente decretado por el Gobierno Nacional, conforme los fundamentos que se acompañan en la misma, resolvió:
1.- Prorrogar la suspensión de los plazos registrales establecidos en la ley 6435 hasta las 24 horas del día 17 de mayo de 2020.
2.- Ello alcanzará a aquellos certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese lapso y a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión.