Publicado 21 de abril 2020
El Registro Nacional de la Propiedad Automotor, por Disposición DI-2020-84 del 19/04/20, atendiendo a que dicho organismo dispuso oportunamente el cierre de los Registros Seccionales que de él dependen, en el marco de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud, y decretos pertinentes, estableció lo siguiente:
“Que los contratos de prenda inscriptos entre los días 20 de marzo de 2015 y 21 de abril de 2015 podrán presentarse para su reinscripción hasta el día 15 de mayo de 2020″.
A su vez, se dispuso que las medidas cautelares con vencimiento en el período comprendido entre el 20 de marzo de 2020 y el 21 de abril de 2020 podrán ser presentadas para su reinscripción hasta el día 15 de mayo de 2020”.
“En lo que respecta a las medidas cautelares inscriptas en el Sistema Integrado de Anotaciones Personales (SIAP), está Dirección Nacional ha realizado las adecuaciones pertinentes de conformidad con lo indicado en el párrafo precedente”.
En tanto, se decidió prorrogar hasta el día 15 de mayo de 2020 la vigencia de las Cédulas de Identificación de los
automotores y motovehículos con vencimiento entre los días 20 de marzo de 2020 y 21 de abril de 2020″.
Finalmente, “a los fines de la correcta aplicación de lo dispuesto en la presente, cabe recordar a los interesados que la atención de los Registros Seccionales se limitará a aquellas personas que contaren con
turnos previamente acordados por vía electrónica a través de la página web del organismo (www.dnrpa.gov.ar). Ello, con el objeto de mantener restringida la presencia de personas en la sede de las oficinas registrales durante la vigencia de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley n° 27.54,
emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la Pandemia declarada por la OMD en relación con el coronavirus COVID-19”.
Se acompaña la disposición del RNPA.