Publicado 10 de agosto 2020
El Subsecretario de Registro de Personas Humanas y Jurídicas, conjuntamente con los titulares de los Registros General de la Propiedad de Santa Fe y Rosario, por Disposición Técnico Registral Conjunta n° 20 del 7 de Agosto de 2020, siguiendo normativa vigente en la provincia que desobliga a los agentes de la Administración Pública comprendidos en dichas Disposiciones a concurrir a sus lugares de trabajo, afectando directamente la normal prestación de los servicios del Organismo, dispusieron una nueva prórroga en la suspensión de los plazos registrales establecidos en la ley 6435 hasta las 24 horas del 23 de Agosto de 2020 inclusive, alcanzando a los certificados cuyo plazo de validez estuviere comprendido en ese período, y de igual modo respecto a las inscripciones, anotaciones y otros documentos cuyo plazo de vencimiento, caducidad o presentación se cumpliera en el mismo lapso de la suspensión.
Por último, se resolvió continuar con la suspensión de trámites urgentes.
Acompañamos la DTR Conjunta n° 20.